Legislación › Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 16. La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales.
Artículo 16. La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales.
A través de la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, constituida en el marco del artículo 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la Administración General del Estado y las de las Comunidades Autónomas arbitrarán las medidas necesarias para garantizar los mecanismos de cooperación requeridos para el ejercicio de las funciones de esta Ley.


