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Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 15 de noviembre de 1997 · Último cambio el 22 de julio de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 1. Definición y objeto del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 2. De los funcionarios que integran el sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Sección 2
- Artículo 3. De la función inspectora.
- Artículo 4. Ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 5. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias. 2 redacciones · cambió el 27/12/2012
- Artículo 6. Unidad de función, autonomía técnica, especialización y carácter de autoridad competente de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 7. Medidas derivadas de la actividad inspectora. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 8. De las funciones de los subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
- Artículo 9. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 27/12/2012
- Artículo 10. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 11. De la colaboración con los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 12. Deber de sigilo e incompatibilidades.
- Sección 3
- Artículo 13. Iniciación de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 14. Modalidades y documentación de la actuación inspectora. 4 redacciones · cambió el 28/09/2013
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Principios generales.
- Sección 1
- Artículo 16. La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales.
- Artículo 17. Acuerdos bilaterales y Comisiones Territoriales en materia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Sección 2
- Artículo 18. La Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 19. Estructura funcional y territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 20. Ingreso y régimen de funcionarios en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 21. Relaciones entre las Administraciones públicas.
- Disposición adicional primera. Carácter básico.
- Disposición adicional segunda. Integración de los controladores laborales en el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
- Disposición adicional tercera. Alta Inspección del Estado en el orden social.
- Disposición adicional cuarta. Presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras y principios del procedimiento sancionador y liquidatorio.
- Disposición adicional quinta. Adecuación de otras normas de rango legal.
- Disposición adicional sexta. Competencias legislativas de las Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional séptima. Transferencia de funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional octava. Tablón de Edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Normas legales que se derogan.
- Disposición final única. Desarrollo y entrada en vigor de la Ley.
- Firma


