Legislación › Resolución de 31 de octubre de 1997, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las cuentas justificativas a rendir por los cajeros de pagos especiales a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
ANEXO
ANEXO
Modelos de cuentas justificativas
Cuenta de pagos especiales
«Pagos masivos»
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* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT 2. Retención Seguridad Social 3. Retención Judicial 4. Otros 5. Reintegros 6. Devoluciones de Transferencias
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Intervenida la presente cuenta, se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Cuenta de pagos especiales
«Pago de obligaciones a una pluralidad de acreedores»
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* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT 2. Retención Seguridad Social 3. Retención Judicial 4. Otros 5. Reintegros 6. Devoluciones de Transferencias
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Intervenida la presente cuenta, se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Cuenta de pagos especiales
«Terceros no individualizables mediante Nif»
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* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT 2. Retención Seguridad Social 3. Retención Judicial 4. Otros 5. Reintegros 6. Devoluciones de Transferencias
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Intervenida la presente cuenta, se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Se añaden los "tipos de incidencias 5 y 6" por la disposición adicional única.3 de la Resolución de 30 de abril de 2010. BOE-A-2010-7328
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de mayo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-7328 | Leer | Qué cambió |
| 20 de noviembre de 1997 | Texto original | Leer |


