Legislación › Resolución de 31 de octubre de 1997, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las cuentas justificativas a rendir por los cajeros de pagos especiales a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
ANEXO
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de noviembre de 1997 y la del 9 de mayo de 2010.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras).
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ANEXO
Modelos de cuentas justificativas
Cuenta de pagos especiales
«Pagos masivos»
* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT
2. Retención Seguridad Social
3. Retención Judicial
4. Otros
5. Reintegros
6. Devoluciones de Transferencias
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Intervenida la presente cuenta,
se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Cuenta de pagos especiales
«Pago de obligaciones a una pluralidad de acreedores»
* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT
2. Retención Seguridad Social
3. Retención Judicial
4. Otros
5. Reintegros
6. Devoluciones de Transferencias
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Intervenida la presente cuenta,
se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Cuenta de pagos especiales
«Terceros no individualizables mediante Nif»
* Tipos de incidencias:
1. Retención tributaria AEAT
2. Retención Seguridad Social
3. Retención Judicial
4. Otros
5. Reintegros
6. Devoluciones de Transferencias
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·
Intervenida la presente cuenta,
se adjunta informe
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.................. a ...... / .... / ......
El Cajero Pagador
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El Interventor Delegado
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Aprobada:
.................. a ...... / .... / ......
El Ordenador de Pagos
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de mayo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-7328 | Leer | Qué cambió |
| 20 de noviembre de 1997 | Texto original | Leer |


