Legislación › Ley 8/1996, de 27 de diciembre, de Declaración del Parque Natural de Redes.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
En el plazo máximo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, la Comisión Rectora del parque elevará al Consejo de Gobierno propuesta definitiva del plan rector de uso y gestión, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 de esta Ley.
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