Legislación › Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Artículo 7. Consejo Consultivo de la Comisión.
Artículo 7. Consejo Consultivo de la Comisión.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única. f) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre. BOE-A-1998-23284
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de octubre de 1998 En vigor | BOE-A-1998-23284 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 1997 | Texto original | Leer |


