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Real Decreto 1739/1997, de 20 de noviembre, sobre medidas de aplicación del Convenio sobre Comercio Internacional de especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973 y del Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 28 de noviembre de 1997 · Último cambio el 10 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo 1. Autoridad científica.
- Artículo 2. Autoridad administrativa principal.
- Artículo 3. Autoridad administrativa adicional.
- Artículo 4. Control e inspección por la Dirección General de Comercio Exterior.
- Artículo 5. Control por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Habilitaciones.
- Firma


