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Legislación › Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica.

Disposición transitoria segunda. Comité de agentes del mercado.

Disposición transitoria segunda. Comité de agentes del mercado.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del presente Real Decreto, se procederá a la constitución del Comité de agentes del mercado, a que se refiere el artículo 29.

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