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Legislación › Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998.

Disposición transitoria cuarta. Gestión de créditos presupuestarios en materia de clases pasivas.

Disposición transitoria cuarta. Gestión de créditos presupuestarios en materia de clases pasivas.

Se prorroga durante 1998 la facultad conferida en la disposición final tercera de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.

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