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Legislación › Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Artículo 103. Tasas aeroportuarias en los aeropuertos de las islas Canarias, Baleares y Melilla y en el helipuerto de Ceuta, y obligaciones de servicio público en el tráfico aéreo interinsular.

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Artículo 103. Tasas aeroportuarias en los aeropuertos de las islas Canarias, Baleares y Melilla y obligaciones de servicio público en el tráfico aéreo interinsular.
La tarifa de aterrizaje de aeronaves en los aeropuertos de las islas Canarias, Baleares y Melilla y las tasas aplicables a los pasajeros en dichos aeropuertos se reducirán en un 15 30 por 100 respecto de las cuantías establecidas con carácter general en los supuestos de servicios regulares con el territorio peninsular. Ambas tarifas se reducirán en un 70 por 100 cuando se trate de servicios regulares interinsulares.
La minoración que se produzca en los ingresos del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, como consecuencia de lo establecido en el párrafo anterior, se compensará, si fuere preciso, con cargo al porcentaje del importe de la recaudación del ente a transferir al Tesoro Público en aplicación de lo que disponga la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El Gobierno procederá a la declaración de obligaciones de servicio público con los tráficos aéreos interinsulares y, en su caso, en los tráficos aéreos de los archipiélagos con el territorio peninsular; en ambos supuestos de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (CEE) 2408/92, del Consejo, de 23 de julio. Esta declaración se realizará previa audiencia a los Gobiernos de Canarias y de las islas Baleares. Esta medida será de aplicación a Melilla y, en su caso, a Ceuta en el tráfico con el territorio peninsular. Asimismo, se financiará con cargo al porcentaje a que se refiere el párrafo segundo de este precepto el incremento del gasto público que origine el establecimiento de estas obligaciones de servicio público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2009-20765 Leer Qué cambió
1 de julio de 2009 BOE-A-2009-10751 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 Texto original Leer

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