LexTotal

Legislación › Orden de 7 de febrero de 1997 por la que se regula la tarjeta de extranjero.

ANEXO III

ANEXO III

Contenido, composición y características técnicas de la Tarjeta física de Extranjero

1. Contenido.

El documento de identidad para extranjeros incorporará en su anverso, a partir del documento base y por procedimientos electrónicos o aquellos que se estimen idóneos, el tipo de documento, el nombre de su titular, su fotografía y firma, así como el número de identificación seguido del código de verificación, la fecha de nacimiento, domicilio (dirección, localidad y provincia) y la fecha de validez. En el reverso figurará la huella dactilar, los aspectos laborales o motivo de la concesión, un epígrafe de observaciones y tres líneas de caracteres OCRB-1 de 30 caracteres cada una.

También figurará en el anverso, en la parte superior izquierda, la palabra «EXTRANJEROS» y debajo de ella la palabra «España». En el centro del documento figurará la inicial «E» de España en colores rojo y amarillo.

En la figura 3 se detalla la distribución de los datos gráficos del anverso y la distribución numérica de los datos alfanuméricos.

Los textos de las tarjetas vendrán redactados en los caracteres utilizados en la lengua oficial del Estado Español.

2. Composición.

2.1 Materias primas:

A) En cuanto al papel, su composición y características técnicas serán como sigue:

Fibra de algodón.

Hilo de seguridad microimpreso en el texto «F. N. M. T.», fluorescente azul, embebido en la masa de papel.

Fibrillas invisibles amarillas y azules distribuidas por toda la superficie, en número de 40-60 unidades/dm2.

Reactivo a disolventes mostrando una coloración azul.

Marca de agua monotonal a registro: Escudo Constitucional de 34 milímetros de altura.

Gramaje: 87-93 gr/m2.

Lisura Beek: 20-60 seg.

pH superficial: > 5,5.

Respuesta tracción en húmedo, sentido transversal: Mínima posible.

Color: Blanco natural de las fibras.

B) Por lo que respecta al plástico, sus componentes y características serán:

En el laminado del documento de identidad para extranjeros, el plástico utilizado estará compuesto por sendas capas de poliéster y polietileno con espesores y proporciones diferentes según se utilice para el anverso o para el reverso, formando una película de 0,250 milímetros de grosor.

En el anverso la relación poliéster/polietileno es de 2/8. El espesor del poliéster (exterior) es de 0,050 milímetros y el polietileno (interior) de 0,200 milímetros.

En el reverso la relación poliéster/polietileno es de 7/3. El espesor del poliéster (exterior) es de 0,175 milímetros y el de polietileno (interior) de 0,075 milímetros.

2.2. Dimensiones del documento: Las dimensiones del documento plastificado serán de 85,60 milímetros de largo por 54,00 milímetros de ancho; y las del papel de 80,00 milímetros por 48,00 milímetros.

La representación gráfica de dichas dimensiones del documento se muestra en la figura 4.

2.3. Grabado en relieve: La capa plástica del anverso del documento llevará grabada una retícula en relieve que se puede apreciar al tacto, que no debe dificultar la lectura o visión de los datos que contiene el documento, mostrándose el modelo y forma de su dibujo en la figura 5.

2.4. Impresión láser: En el anverso, junto a la fotografía y en sentido vertical, se incluirá, mediante grabado láser, el número del documento de identidad para extranjeros. Un detalle sobre esta característica se recoge en la figura 6.

Téngase en cuenta el apartado único.1 de la Orden INT/2058/2008, de 14 de julio BOE-A-2008-12050., en relación al Número de Indentidad de Extranjero contenido en la figura 3 y 6.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de julio de 2008 En vigor BOE-A-2008-12050 Leer Qué cambió
16 de febrero de 1997 Texto original Leer

← Disposición final Índice