LexTotal

Legislación › Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, contratación administrativa, patrimonio, función pública y asistencia jurídica a entidades de derecho público.

Artículo 24. Sujetos pasivos.

Artículo 24. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten la autorización de apertura de oficina de Farmacia.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →