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Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, contratación administrativa, patrimonio, función pública y asistencia jurídica a entidades de derecho público.
En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 20 de febrero de 1997 · Último cambio el 16 de febrero de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículos 1 a 6.
- Artículo 1. Creación. 3 redacciones · cambió el 15/12/2010
- Artículo 2. Hecho imponible. 3 redacciones · cambió el 15/12/2010
- Artículo 3. Sujetos pasivos.
- Artículo 4. Devengo.
- Artículo 5. Cuotas. 4 redacciones · cambió el 31/12/2014
- Artículo 6. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 24/12/2019
- Sección 2
- Artículos 7 a 11.
- Artículo 7. Creación.
- Artículo 8. Hecho imponible. 2 redacciones · cambió el 31/12/1999
- Artículo 9. Sujetos pasivos. 2 redacciones · cambió el 31/12/1999
- Artículo 10. Devengo. 2 redacciones · cambió el 31/12/1999
- Artículo 11. Cuotas. 2 redacciones · cambió el 31/12/1999
- Sección 3
- Artículos 12 a 21.
- Artículo 12. Creación.
- Artículo 13. Objeto del tributo. 2 redacciones · cambió el 31/12/1997
- Artículos 13 a 21.
- Artículo 14. Hecho imponible.
- Artículo 15. Sujeto pasivo.
- Artículo 16. Responsables de la percepción del tributo.
- Artículo 17. Devengo.
- Artículo 18. Lugar de realización del hecho imponible.
- Artículo 19. Cuota tributaria.
- Artículo 20. Atribución de las cuotas por investigación de residuos.
- Artículo 21. Imposibilidad de restitución a terceros del importe de la tasa correspondiente.
- Sección 4
- Artículo 22. Creación.
- Artículos 22 a 26.
- Artículo 23. Hecho imponible.
- Artículo 24. Sujetos pasivos.
- Artículo 25. Devengo.
- Artículo 26. Cuota.
- Sección 5
- Artículo 27. Modificación del artículo 28 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Sección 6
- Artículo 28. Modificación del anexo VII de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- CAPÍTULO II
- Artículo 29. Régimen de responsabilidad contable.
- Artículo 30. Competencia para exigir responsabilidad contable.
- Artículo 31. Atribución de competencias en materia de secciones presupuestarias.
- Artículo 32. Régimen de la compensación de deudas a favor de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 33. Contratación de auditorías.
- CAPÍTULO III
- Artículo 34. Tramitación de emergencia. 2 redacciones · cambió el 31/12/1998
- Artículo 35. Control del contrato de trabajos específicos y concretos no habituales.
- Artículo 36. De las bajas temerarias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 37. Arrendamientos de bienes muebles e inmuebles en favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y entidades públicas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 38. Realización de horas lectivas extraordinarias por los funcionarios docentes para la educación a distancia.
- Artículo 39. Régimen del profesorado incluido en alguno de los cuerpos docentes definidos en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo que no disponga de horario completo.
- Artículo 40. Jornada lectiva de Alcaldes electos.
- Artículo 41. Creación del Cuerpo de Funcionarios Auxiliares de Seguridad de la Junta de Andalucía.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 42. Asesoramiento en derecho y representación y defensa en juicio de entidades de derecho público.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 43. Adscripción de la empresa pública de la Radio y Televisión de Andalucía a la Consejería de la Presidencia.
- Disposición adicional primera. Creación del organismo autónomo Instituto Andaluz de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Disposición adicional segunda. Creación de la empresa de la Junta de Andalucía, Hospital de Poniente, de Almería. 2 redacciones · cambió el 10/07/2006
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera. Participación del personal fijo en las pruebas selectivas de acceso convocadas en relación a puestos de trabajo cuya adscripción haya sido modificada de laboral a funcionario.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de la oferta de empleo público durante el año 1997.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]


