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Legislación › Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil.

Artículo 3.

Artículo 3.

El mando de las Zonas 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 11.ª, 12.ª, 15.ª, 16.ª y 17.ª será ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil, en servicio activo.

El mando de las Zonas 5.ª, 9.ª, 10.ª, 13.ª y 14.ª recaerá en un Coronel de la Guardia Civil, en servicio activo, quien, en aquellas que cuenten con una sola Comandancia, asumirá las funciones y competencias que se atribuyan al mando de ésta.

Se modifica por el art. único del Real Decreto 398/2026, de 20 de mayo. BOE-A-2026-10883

Se modifica por el art. único del Real Decreto 3486/2000, de 29 de diciembre. BOE-A-2001-810.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de mayo de 2026 En vigor BOE-A-2026-10883 Leer Qué cambió
13 de enero de 2001 BOE-A-2001-810 Leer Qué cambió
16 de marzo de 1997 Texto original Leer

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