Legislación › Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil.
Artículo 3.
Artículo 3.
El mando de las Zonas 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 11.ª, 12.ª, 15.ª, 16.ª y 17.ª será ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil, en servicio activo.
El mando de las Zonas 5.ª, 9.ª, 10.ª, 13.ª y 14.ª recaerá en un Coronel de la Guardia Civil, en servicio activo, quien, en aquellas que cuenten con una sola Comandancia, asumirá las funciones y competencias que se atribuyan al mando de ésta.
Se modifica por el art. único del Real Decreto 398/2026, de 20 de mayo. BOE-A-2026-10883
Se modifica por el art. único del Real Decreto 3486/2000, de 29 de diciembre. BOE-A-2001-810.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de mayo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-10883 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2001 | BOE-A-2001-810 | Leer | Qué cambió |
| 16 de marzo de 1997 | Texto original | Leer |


