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Legislación › Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido en la disposición transitoria primera, los escalones Tercio y Línea subsistirán como Unidades territoriales y continuarán desempeñando los cometidos que hasta ahora tienen asignados.

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