Legislación › Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Disposición transitoria cuarta. Asimilación de cotizaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de enero de 2000 y la del 14 de enero de 2001. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Disposición transitoria cuarta. Asimilación de cotizaciones.
A efectos de lo dispuesto en las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera de este Real Decreto, las cotizaciones efectuadas al Régimen General de la Seguridad Social con ocasión del trabajo prestado en obras del Plan de Empleo Rural, tendrán la misma consideración que las efectuadas con ocasión del trabajo prestado en obras afectadas al Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2004-21910 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2003-23942 | Leer | Qué cambió |
| 13 de abril de 2003 | BOE-A-2003-7616 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2002 | BOE-A-2002-9574 | Leer | Qué cambió |
| 14 de enero de 2001 | BOE-A-2001-939 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 2000 | BOE-A-2000-1352 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 1999 | BOE-A-1999-3085 | Leer | Qué cambió |
| 25 de abril de 1998 | BOE-A-1998-9803 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | Texto original | Leer |
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