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Legislación › Ley 1/1997, de 31 de marzo, de Saneamiento de las Haciendas Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

Los beneficios de la presente Ley se extienden, asimismo, a los préstamos vigentes en 1 de enero de 1997 que hayan sido objeto de refinanciación antes del 31 de diciembre de 1996.

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