Legislación › Ley 1/1997, de 31 de marzo, de Saneamiento de las Haciendas Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
Los beneficios de la presente Ley se extienden, asimismo, a los préstamos vigentes en 1 de enero de 1997 que hayan sido objeto de refinanciación antes del 31 de diciembre de 1996.


