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Legislación › Ley 2/1997, de 31 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Podólogos de La Rioja.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

El Colegio Oficial de Podólogos de La Rioja adquirirá plena personalidad jurídica y capacidad de obrar a partir de la constitución de sus órganos de gobierno, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos colegiales.

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