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Legislación › Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Artículo 10. Subdirección General de Gestión de Prestaciones

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de mayo de 2003 y la del 4 de julio de 2004. Tachado: lo que se quitó (71 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 10. Subdirección General de Gestión de Prestaciones.
Compete a esa esta Subdirección General:
1. a) La ordenación administrativa de la gestión de las prestaciones económicas y del reconocimiento de la asistencia sanitaria. económicas, excepto las previstas en el artículo 10 bis.
2. b) El diseño, la implantación y el seguimiento de los procesos de trabajo aplicados al reconocimiento, suspensión y extinción del derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, así como el seguimiento de su gestión.
3. c) La administración y el control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social. Social, excepto las previstas en el artículo 10 bis.
4. d) La gestión y el funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas. prestaciones sociales públicas.
5. e) La dirección, control y desarrollo de la organización informática.
6. La gestión y administración de las prestaciones del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.
7. Se adscribe a esta Subdirección General, la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico, a la que corresponde la gestión y administración de las prestaciones sociales y económicas citadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-12312 Leer Qué cambió
23 de diciembre de 2017 BOE-A-2017-15283 Leer Qué cambió
7 de marzo de 2012 BOE-A-2012-3158 Leer Qué cambió
4 de julio de 2004 BOE-A-2004-12474 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2003 BOE-A-2003-9618 Leer Qué cambió
4 de enero de 1997 Texto original Leer

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