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Legislación › Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

Disposición adicional sexta. Entrada en vigor de las obligaciones establecidas en el capítulo IV.

Disposición adicional sexta. Entrada en vigor de las obligaciones establecidas en el capítulo IV.

Las obligaciones establecidas en el capítulo IV sólo serán exigibles a partir del 1 de mayo de 1998.

Se modifica por la disposición adicional 38 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1997-28053

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1998 En vigor BOE-A-1997-28053 Leer Qué cambió
26 de abril de 1997 Texto original Leer

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