Legislación › Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
Disposición adicional sexta. Entrada en vigor de las obligaciones establecidas en el capítulo IV.
Disposición adicional sexta. Entrada en vigor de las obligaciones establecidas en el capítulo IV.
Las obligaciones establecidas en el capítulo IV sólo serán exigibles a partir del 1 de mayo de 1998.
Se modifica por la disposición adicional 38 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1997-28053
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1998 En vigor | BOE-A-1997-28053 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 1997 | Texto original | Leer |
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