Legislación › Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
Artículo 52. Suministro de libros.
Artículo 52. Suministro de libros.
La confección y distribución de los libros de los diferentes Registros a cargo de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, con arreglo al modelo y normas aprobadas por la Dirección General de los Registros y del Notariado, podrá ser asumida directamente por el Colegio, o bien contratando su suministro mediante concurso, que será aprobado por la Junta de Gobierno.


