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Legislación › Orden de 4 de mayo de 1998 por la que se regula la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Fomento.

Primero. Constitución y composición.

Primero. Constitución y composición.

1. La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Fomento, estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Director General de Servicios.

Vicepresidente: El Oficial Mayor.

Vocales: Un representante, con categoría de Subdirector General, de cada uno de los Gabinetes de los Secretarios de Estado y de cada uno de los Gabinetes Técnicos de los Secretarios Generales y de la Subsecretaría; el Subdirector General de Seguimiento Económico de Inversiones; el Director del Organismo Autónomo Parque de Maquinaria; el Abogado del Estado-Jefe y el Jefe de la Intervención Delegada.

Secretario: El Jefe de Área de Personal y Servicios del Organismo Autónomo Parque de Maquinaria.

2. El Presidente de la Junta podrá disponer la incorporación a las reuniones de la misma, en calidad de Asesores, con voz pero sin voto, de funcionarios representantes de los órganos directivos interesados directamente en los asuntos a tratar.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Orden FOM/2707/2009, de 15 de septiembre. BOE-A-2009-16019.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Orden FOM/1517/2006, de 28 de abril. BOE-A-2006-8782.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de octubre de 2009 En vigor BOE-A-2009-16019 Leer Qué cambió
20 de mayo de 2006 BOE-A-2006-8782 Leer Qué cambió
14 de mayo de 1998 Texto original Leer

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