LexTotal

Legislación › Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la Marina Mercante y del sector pesquero.

ANEXO II

ANEXO II

Datos a enviar por las Comunidades Autónomas a la Secretaría General del Mar, respecto de cada título y tarjeta profesional:

a) Nombre, apellidos, número de documento nacional de identidad o pasaporte o de identificación de extranjeros, nacionalidad y número de orden.

b) Fecha de expedición.

c) Fecha de antigüedad de la titulación.

d) Especificación de si se trata de nuevos títulos o tarjetas, o de levantamientos de restricción del mando o jefatura, convalidación y renovación de éstos, en su caso.

Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 2008/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2010-731.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-731 Leer Qué cambió
27 de mayo de 1998 Texto original Leer

← Disposición final segunda Índice