LexTotal

Legislación › Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la Marina Mercante y del sector pesquero.

Disposición adicional primera. Requisitos para el embarque.

Disposición adicional primera. Requisitos para el embarque.

Los alumnos que hayan superado los ciclos formativos exigidos como requisito para la obtención de los títulos profesionales regulados en este Real Decreto y que estén en posesión del correspondiente certificado de estudios podrán ser enrolados en calidad de marineros para la realización del período de embarque exigido para cada titulación.

← Artículo 9 Índice Disposición adicional segunda →