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Legislación › Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

Disposición adicional tercera. Contrataciones con la Administración autónoma.

Disposición adicional tercera. Contrataciones con la Administración autónoma.

Las sociedades cooperativas que participen en un proceso de selección para contratar alguna obra o servicio con la Administración autónoma serán elegidas preferentemente a otro tipo de sociedades en caso de empate en la oferta.

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