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Legislación › Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.

Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.

1. Los expedientes en materia de cooperativas iniciados antes de la vigencia de esta Ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones hasta ahora en vigor.

2. De idéntica manera, las cooperativas en liquidación se someterán hasta su extinción a la legislación vigente.

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