Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.
Artículo 29. Disposición general.
Artículo 29. Disposición general.
Las Administraciones valencianas colaborarán adecuadamente en la financiación de las enseñanzas musicales, a efectos de dotar a las escuelas de música, de danza y de música y danza de los medios necesarios para alcanzar sus objetivos.


