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Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.

Artículo 29. Disposición general.

Artículo 29. Disposición general.

Las Administraciones valencianas colaborarán adecuadamente en la financiación de las enseñanzas musicales, a efectos de dotar a las escuelas de música, de danza y de música y danza de los medios necesarios para alcanzar sus objetivos.

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