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Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

El Consell y la conselleria competente en cada caso, en el ámbito de sus respectivas competencias adoptarán cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente Ley.

Se modifica por el art. 87 de la Ley 16/2010, de 27 de diciembre. BOE-A-2011-1437.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2011-1437 Leer Qué cambió
15 de mayo de 1998 Texto original Leer

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