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Legislación › Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario.

Artículo 22. Prescripción.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de diciembre de 1997 y la del 8 de noviembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 22. Régimen de prescripción.
Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años de haber sido cometidas, las graves, a los dos años, y las leves, a un año. (Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-10012 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2023 BOE-A-2024-4427 Leer Qué cambió
9 de diciembre de 1997 Texto original Leer

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