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Legislación › Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor.

Disposición adicional séptima. Prioridad presupuestaria.

Disposición adicional séptima. Prioridad presupuestaria.

La Comunidad Autónoma de Andalucía contemplará entre sus prioridades presupuestarias las actuaciones encaminadas a hacer efectivo el goce de sus derechos por parte de los menores en Andalucía. Igualmente, promoverá que el resto de las Administraciones públicas asuman tal prioridad presupuestaria.

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