Legislación › Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Artículo 16. El Gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de julio de 1998 y la del 27 de marzo de 2014.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 16. El Gobierno.
El Gobierno define y dirige la política española de cooperación internacional para el desarrollo.
A propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores, Exteriores y de Cooperación, el Gobierno aprueba el Plan Director y el Plan Anual. Director.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de marzo de 2014 En vigor | BOE-A-2014-3248 | Leer | Qué cambió |
| 9 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


