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Legislación › Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Artículo 16. El Gobierno.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de julio de 1998 y la del 27 de marzo de 2014. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16. El Gobierno.
El Gobierno define y dirige la política española de cooperación internacional para el desarrollo.
A propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores, Exteriores y de Cooperación, el Gobierno aprueba el Plan Director y el Plan Anual. Director.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 2014 En vigor BOE-A-2014-3248 Leer Qué cambió
9 de julio de 1998 Texto original Leer

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