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Legislación › Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

Artículo 11. Ámbito de las autorizaciones administrativas singulares.

Artículo 11. Ámbito de las autorizaciones administrativas singulares.

Se requerirá autorización administrativa singular para la prestación de los servicios postales incluidos, conforme al artículo 15.2, en el ámbito del servicio postal universal.

Se modifica por el art. 106.5 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. BOE-A-2002-25412

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2003 En vigor BOE-A-2002-25412 Leer Qué cambió
15 de julio de 1998 Texto original Leer

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