Legislación › Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
Artículo 51. Gestión, recaudación y afectación.
Artículo 51. Gestión, recaudación y afectación.
1. La gestión de la tasa corresponderá al Organismo autónomo Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta.
2. El importe de lo recaudado por esta tasa formará parte del presupuesto de ingresos del organismo autónomo Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta.


