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Legislación › Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

Artículo 51. Gestión, recaudación y afectación.

Artículo 51. Gestión, recaudación y afectación.

1. La gestión de la tasa corresponderá al Organismo autónomo Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta.

2. El importe de lo recaudado por esta tasa formará parte del presupuesto de ingresos del organismo autónomo Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta.

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