Legislación › Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
Artículo 58. Sujetos pasivos.
Artículo 58. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten los servicios constitutivos del hecho imponible de la tasa.


