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Legislación › Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

Artículo 14. Cláusulas ineficaces.

Artículo 14. Cláusulas ineficaces.

Se tendrán por no puestos los pactos, cláusulas y condiciones de los contratos regulados en la presente Ley que fuesen contrarios a sus preceptos o se dirijan a eludir su cumplimiento.

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