Legislación › Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
Artículo 14. Cláusulas ineficaces.
Artículo 14. Cláusulas ineficaces.
Se tendrán por no puestos los pactos, cláusulas y condiciones de los contratos regulados en la presente Ley que fuesen contrarios a sus preceptos o se dirijan a eludir su cumplimiento.


