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Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 14 de julio de 1998 · Último cambio el 11 de octubre de 2011 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Aplicación supletoria de la Ley. 2 redacciones · cambió el 25/06/2011
  5. Artículo 3. Definición del contrato de venta a plazos.
  6. Artículo 4. Contratos de préstamo de financiación para las ventas a plazos.
  7. Artículo 5. Exclusiones.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Forma y eficacia.
  10. Artículo 7. Contenido del contrato. 2 redacciones · cambió el 25/06/2011
  11. Artículo 8. Penalización por omisión o expresión inexacta de cláusulas obligatorias.
  12. Artículo 9. Facultad de desistimiento.
  13. Artículo 10. Incumplimiento del comprador.
  14. Artículo 11. Facultad moderadora de Jueces y Tribunales.
  15. Artículo 12. Competencia judicial. 2 redacciones · cambió el 08/01/2000
  16. Artículo 13. Publicidad.
  17. Artículo 14. Cláusulas ineficaces.
  18. CAPÍTULO III
  19. Artículo 15. Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. 2 redacciones · cambió el 08/01/2000
  20. Artículo 16. Incumplimiento del deudor. 2 redacciones · cambió el 08/01/2000
  21. Disposición adicional primera. Arrendamiento financiero. 3 redacciones · cambió el 11/10/2011
  22. Disposición adicional segunda. Anotación preventiva de demanda y embargo.
  23. Disposición adicional tercera. Registro de Bienes Muebles.
  24. Disposición adicional cuarta. Sección de obras y grabaciones audiovisuales.
  25. Disposición transitoria única.
  26. Disposición derogatoria única.
  27. Disposición final primera. Habilitación al Gobierno.
  28. Disposición final segunda. Habilitación al Ministro de Justicia.
  29. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  30. Firma