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Legislación › Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

Disposición adicional cuarta. Sección de obras y grabaciones audiovisuales.

Disposición adicional cuarta. Sección de obras y grabaciones audiovisuales.

Se crea una sección adicional en el Registro de Bienes Muebles destinada a la inscripción, con eficacia frente a terceros, de las obras y grabaciones audiovisuales, sus derechos de explotación y, en su caso, de las anotaciones de demanda, embargos, cargas, limitaciones de disponer, hipotecas, y otros derechos reales impuestos sobre las mismas, en la forma que se determine reglamentariamente.

Se añade por la disposición final 1 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre. BOE-A-2007-22439.

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