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Legislación › Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Artículo 64. Titularidad y destino del producto de las actuaciones arqueológicas y paleontológicas.

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Artículo 64. Titularidad y destino del producto de las actuaciones arqueológicas y paleontológicas.
1. Los bienes que de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, patrimonio histórico español, tienen la consideración de dominio público y son descubiertos en la Comunidad Comunitat Valenciana se integran en el patrimonio de la Generalitat.
2. La autorización de cualquier clase de actuaciones arqueológicas o paleontológicas determinará para los beneficiarios la obligación de comunicar sus descubrimientos a la Conselleria Consellería competente en materia de Cultura, Educación y Ciencia cultura, en el plazo de treinta días días, y a entregar los objetos obtenidos al museo o institución que señale la propia Conselleria, Consellería, de conformidad con lo que reglamentariamente se establezca. Para la determinación del centro donde hayan de quedar depositar los objetos, objetos se tendrán en cuenta las condiciones para atenderá prioritariamente a su mejor conservación, así como su conservación y función cultural y científica y, en segundo término, a la proximidad al lugar del hallazgo. donde se haya realizado la actividad arqueológica o paleontológica o se haya producido el hallazgo casual.
Tratándose del descubrimiento de manifestaciones de arte rupestre, deberá ser éste comunicado a la Conselleria Consellería competente en materia de Cultura, Educación y Ciencia cultura o al Ayuntamiento ayuntamiento correspondiente en los mismos plazos y con igual obligación de reserva que los establecidos en el artículo 65.3 para los hallazgos casuales.
3. No se aplicará a los descubrimientos a que se refiere el apartado anterior lo establecido en el artículo 65.4 de esta Ley. ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de febrero de 2007 En vigor BOE-A-2007-6119 Leer Qué cambió
19 de junio de 1998 Texto original Leer

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