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Legislación › Ley 5/1997, de 18 de diciembre, de academias en el ámbito del Principado de Asturias.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Esta Ley es de aplicación a las Academias que tengan su domicilio social en el Principado de Asturias y desarrollen su actividad corporativa principal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la extraterritorialidad de otras actividades secundarias directamente conectadas con aquélla.

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