Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
El régimen de infracciones y sanciones regulado en esta Ley se aplicará únicamente a los hechos cometidos a partir de la entrada en vigor de la misma.
Los procedimientos sancionadores ya iniciados se regirán por la normativa anterior.
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