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Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta.

El régimen de infracciones y sanciones regulado en esta Ley se aplicará únicamente a los hechos cometidos a partir de la entrada en vigor de la misma.

Los procedimientos sancionadores ya iniciados se regirán por la normativa anterior.

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