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Legislación › Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura.

Artículo 21. Zonas de Especial Protección para las Aves, Zonas Especiales de Conservación y los Lugares de Importancia Comunitaria hasta su transformación en Zonas Especiales de Conservación.

Artículo 21. Zonas de Especial Protección para las Aves, Zonas Especiales de Conservación y los Lugares de Importancia Comunitaria hasta su transformación en Zonas Especiales de Conservación.

(Suprimido)

Se suprime por el art. 33.2 Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre. BOE-A-2026-618

Se modifica por la disposición adicional única.2 de la Ley 2/2023, de 22 de marzo. BOE-A-2023-8306

Se modifica por el art. único.9 de la Ley 9/2006, de 23 de diciembre. BOE-A-2007-1725.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2026-618 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2023 BOE-A-2023-8306 Leer Qué cambió
30 de enero de 2007 BOE-A-2007-1725 Leer Qué cambió
28 de agosto de 1998 Texto original Leer

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