Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Artículo 113. Tarifas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de enero de 2005.
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Artículo 113. Tarifas.
La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas:
Uno. Por servicios administrativos veterinarios: Tarifa 1. Diligenciado Libros de registro oficiales.
1.1 Expedición y diligenciado de libros de llevanza obligatoria y talonarios que no tengan tarifa específica: 800 pesetas. 7 €.
Tarifa 2. Inscripción Autorización e inscripción en registros oficiales que no tengan tarifa específica: oficiales: 2. Registro de Explotaciones Ganaderas:
2.1.1 Primera inscripción: 1.300 pesetas. 20 €.
2.1.2 Modificaciones en la inscripción: 1.000 pesetas. inscripción inicial (se exceptúan las originadas por
Tarifa 3. Modificación en listado o registro de explotaciones ganaderas (Sefallecimiento): fallecimiento del titular): 10 €.
Cambios 2.2 Registro de titularidad o cotitularidad: 5.000 pesetas. establecimientos detallistas de
Tarifa 4. Expedicióncertificados que no tengan tarifa específica: 500 pesetas. medicamentos veterinarios:
Tarifa 5. Duplicado de acreditaciones sanitarias ganaderas y documentos de identificación: 1.000 pesetas. 2.2.1 Primera inscripción: 60 €.
Tarifa 6. (Suprimida) 2.2.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 30 €.
Tarifa 7. Expedición y diligenciado 2.3 Registro de libros establecimientos intermediarios en el sector de llevanza obligatoria y talonarios que no tengan tarifa específica: 2.000 pesetas. alimentación animal:
Dos. Por servicios facultativos veterinarios: 2.3.1 Primera inscripción: 60 €.
Tarifa 8. Servicios facultativos correspondientes a 2.3.2 Modificaciones en la organización, estadística e inspección de campañas inscripción inicial: 30 €.
2.4 Registro de tratamiento sanitario no incluidas establecimientos fabricantes en los programas de erradicación de enfermedades: el sector de
Por animalcompañía: 85 pesetas. alimentación animal:
Por animal mayor (bovino, equino): 10 pesetas.
Por animal menor (porcino, ovino, caprino): 5 pesetas. 2.4.1 Primera inscripción: 120 €.
Tarifa 9. Comprobación sanitaria, lucha contra enfermedades de las ganaderías afectadas y 2.4.2 Modificaciones en las campañas de saneamiento ganadero cuando la prestación deba realizarse por incumplimiento inscripción inicial: 60 €.
2.5 Registro de la normativa que la regula o núcleos zoológicos y centros para movimiento pecuario fuera del período de revisión obligatoria, o la derivada de la pérdida el fomento y cuidado de la identificación total animales de los animales: compañía:
a) Por explotación: 24,52 euros.
b) Además, por cada animal:
Équidos, bóvidos y similares (por cabeza): 3,07 euros.
Mínimo: 18,39 euros.
Porcino, ovino, caprino y similares (por cabeza): 0,92 euros.
Mínimo: 9,20 euros.
Aves, conejos, visones y similares (por cabeza): 0,18 euros.
Mínimo: 1,84 euros.
Máximo: 61,30 euros.
Colmenas (por unidad): 0,40 euros.
Mínimo: 3,98 euros.
Máximo: 61,30 euros. 2.5.1 Primera inscripción: 20 €.
Tarifa 10. Prestación de servicios facultativos relacionados con los análisis, dictámenes, peritajes, etcétera, a petición de parte o cuando así lo exija 2.5.2 Modificaciones en la normativa vigente. Se excluyen los correspondientes a los programas oficiales de erradicación de enfermedades. Los programas sanitarios oficialmente aprobados inscripción inicial: 10 €.
2.6 Registro de las agrupaciones transportistas de defensa sanitaria (ADS) devengarán el 25 por 100. ganado:
a) Por análisis físico-químicos o bromatológicos (por determinación): 3,68 euros. 2.6.1 Primera inscripción: 40 €.
Máximo para varias determinaciones 2.6.2 Modificaciones en una única muestra: 6,13 euros. la inscripción inicial: 30 €.
b) Por recuento celular:
Por muestra 2.7 Registro de leche: 0,40 euros. operadores comerciales de ganado:
Por otras muestras: 0,77 euros. 2.7.1 Primera inscripción: 40 €.
Máximo: 7,66 euros. 2.7.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 30 €.
c) Determinación 2.8 Registro de susceptibilidad industrias de antimicrobianos e inhibidores del crecimiento con muestras, tejidos o secreciones transformación de subproductos animales:
Análisis bacteriológico (por muestra): 3,07 euros. 2.8.1 Primera inscripción: 200 €.
Determinación de antibiogramas (por muestra): 3,07 euros.
Análisis parasitológico, incluido Neospora (por muestra): 3,07 euros.
Análisis serológicos (por muestra): 1,23 euros.
Análisis histopatológicos (por muestra): 4,29 euros.
Análisis virológicos, incluido BVD-PI (por muestra): 3,07 euros.
Necropsias por animal: 2.8.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 100 €.
Vacuno, equino y similares (adultos): 14,74 euros. 2.9 Registro de almacenes intermediarios de subproductos animales:
Porcino, ovino, caprino, perros y similares: 11,07 euros. 2.9.1 Primera inscripción: 100 €.
Aves, conejos o similares: 3,74 euros. 2.9.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 50 €.
Tarifa 11. Autorización, modificación o revisión anual de mayoristas y detallistas de los productos biológicos y zoosanitarios destinados a prevención y lucha contra enfermedades infectocontagiosas y parasitarias de los animales y de material genético, fábricas 2.10 Registro de piensos medicamentosos transportistas y autorización medios de establecimientos e intermediarios del sector transporte de la alimentación animal. subproductos animales:
Autorización o modificación:
Por mayorista: 13.500 pesetas. 2.10.1 Primera inscripción: 40 €.
Por detallista: 10.000 pesetas. 2.10.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 30 €.
Por autorización de fábricas 2.11 Registro de piensos medicamentosos: 20.000 pesetas. centros de
Por autorizaciónestablecimientos del sector limpieza y desinfección de alimentación animal: 10.000 pesetas. vehículos de
Por autorizaciónintermediarios del sector transporte de alimentación animal: 8.000 pesetas. ganado:
Por modificación de titularidad 2.11.1 Primera inscripción: 30 €.
2.11.2 Modificaciones en los epígrafes anteriores, el 70 por 100 de la autorización. inscripción inicial: 15 €.
Revisión: 2.12 Inscripción en registros oficiales que no tengan tarifa específica:
Por mayorista: 6.500 pesetas. 2.12.1 Primera inscripción: 30 €.
Por detallista: 4.000 pesetas. 2.12.2 Modificaciones en la inscripción inicial: 15 €.
Tarifa 12. 3. Certificados y acreditaciones oficiales:
3.1 Expedición de certificados zoosanitarios zoosanitarios, incluidos los relacionados con movimientos de animales vivos y productos de origen animal, incluidos certificados internacionales sanitarios y guías de origen y sanidad pecuaria y documentos de traslado a mataderos animal (mínimo 1,86 €). €.):
Équidos, bóvidos bovinos adultos y similares:
3.1.1 Por animal: 1,073420 1,105623 €.
3.1.2 Máximo por lote o vehículo: 31,57 32,52 €.
Ovino, caprino, porcino, terneros y otros similares:
3.1.3 Por animal: 0,505139 0,520293 €.
3.1.4 Máximo por lote o vehículo: 78,93 81,3 €.
Lechones:
3.1.5 Por animal: 0,220998 0,227628 €.
3.1.6 Máximo por lote o vehículo: 18,94 19,51 €.
Conejos y similares, gallinas y otras aves:
3.1.7 Por animal: 0,012629 0,013008 €.
3.1.8 Máximo por lote o vehículo: 12,63 13,01 €.
Broilers y pollos de un día:
3.1.9 Por animal: 0,006314 0,006503 €.
3.1.10 Máximo por lote o vehículo: 12,63 13,01 €.
Animales de peletería:
3.1.11 Por animal: 0,094714 0,97555 €.
3.1.12 Máximo por lote o vehículo: 11,36 11,7 €.
Colmenas:
3.1.13 Por unidad: 0,315711 0,325182 €.
3.1.14 Máximo por lote o vehículo: 11,36 11,7 €.
Peces vivos, gametos y moluscos para reapareamiento o depuración:
3.1.15 Por tonelada o fracción: 1,578558 1,625915 €.
3.1.16 Máximo por lote o vehículo: 20,52 21,14 €.
Productos de origen animal, incluidos los destinados a alimentación animal:
3.1.17 Por tonelada: 1,925841 1,983616 €.
3.1.18 Máximo por lote o vehículo: 22,73 €. 23,41 €.
Certificado de transporte: 3,16 €.
Comprobación del vehículo y del estado sanitario, previo a la carga de los lotes de animales de exportación o cuando se prevean más de ocho horas de duración del transporte:
Équidos, bóvidos y similares, por lote o vehículo:
En explotación: 25,256933 €.
En mercado: 12,628466 €.
Porcino, ovino, caprino y similares, por lote o vehículo:
En explotación: 18,942699 €.
En mercado: 9,471350 €.
Aves, conejos, visones, colmenas y similares, por lote o vehículo:
En explotación: 18,942699 €.
En mercado: 9,471350
Documentos de traslado a matadero:
Talonarios 3.1.19 Talonario de 10 diez documentos de traslado: 18,54 19,1 €.
Talonarios 3.1.20 Talonario de 20 veinticinco documentos de traslado: 37,08 40 €.
Tarifa 13. Autorización de centros 3.2 Expedición de limpieza y desinfección duplicados de vehículos, vigilancia, revisión y certificación documentos oficiales:
3.2.1 Expedición de operaciones duplicados de limpieza y desinfección acreditaciones sanitarias ganaderas: 2 €.
3.2.2 Expedición de vehículos para transporte duplicados de animales: Documentos de
Vehículos y embarcaciones para el transporteanimales: 1.045 pesetas. Identificación de
Locales para alojamientoanimales: 1.310 pesetas. Bovinos (DIB): 1,5 €.
Talonarios de desinfección: 1.000 pesetas. 3.3 Otras certificaciones:
Autorización de centros 3.3.1 Expedición de limpieza y desinfección: 15.000 pesetas. certificaciones que no tengan tarifa específica: 4 €.
Tarifa 14. Autorización a particulares de centros 4. Comprobación sanitaria cuando la prestación deba realizarse por incumplimiento de inseminación artificial la normativa que la regula o de paradas para movimiento pecuario fuera del periodo de sementales y revisión anual obligatoria, o la derivada de animales alojados en dichos centros: la pérdida de
a) Por autorización del centro: 12.965 pesetas.
b) Por autorizaciónparada la identificación total de sementales: 1.960 pesetas. los animales:
c) 4.1 Por revisión de sementales: explotación: 26,02 €.
Equinos 4.2 Además, por cada animal:
4.2.1 Équidos, bóvidos y bovinos similares (por animal): 660 pesetas. cabeza): 3,25 €.
Ovinos, caprinos 4.2.2 Porcino, ovino, caprino y porcinos similares (por animal): 140 pesetas. cabeza): 0,98 €.
Comprobación morfológica a particulares, para acceso de sementales a pastos comunales 4.2.3 Aves, conejos, visones y similares (por animal): 100 pesetas. cabeza): 0,2 €.
4.2.4 Máximo: 65,03 €.
4.2.5 Colmenas, por unidad: 0,42 €.
4.2.6 Máximo: 65,03 €.
Tarifa 15. Revisión, toma 5. Prestación de muestras e informes técnicos servicios facultativos relacionados con los análisis, dictámenes, peritajes, etc. a petición de parte de industrias y explotaciones ganaderas no previstos en parte. Se excluyen los correspondientes a los programas oficiales o en solicitudes de registro o autorización: erradicación de
a) Sin salir al campo: 3.000 pesetas.
b) Con salida al campo: 20.000 pesetas.
c) Si es necesario salir másun día: enfermedades. Los programas sanitarios oficialmente aprobados de
Por cada díamás: 10.000 pesetas. las agrupaciones de defensa sanitaria (ADS) devengarán el 25 por
En su caso,foto: 500 pesetas. 100:
Tarifa 16. Tarjetas 5.1 Análisis físico-químicos o certificados de tratantes y transportistas: bromatológicos:
Expedición y actualización: 1.400 pesetas.
Tarifa 17. Autorización y revisión de núcleos zoológicos, centros con animales de experimentación y centros de equitación, fomento y cuidado de animales de compañía:
5.1.1 Por autorización: 6.500 pesetas. determinación: 5 €.
Por revisión: 700 pesetas. 5.1.2 Máximo para varias determinaciones en una única muestra: 20 €.
Tarifa 18. Legalización de explotaciones, delegaciones, depósitos, paradas de sementales, núcleos zoológicos, centros con animales de experimentación 5.2 Análisis microbiológicos y centros de equitación: 200 por 100 de la tarifa correspondiente. serológicos:
Tarifa 19. Por servicios facultativos veterinarios correspondientes a la apertura y control de almacenes intermediarios y de centros de pretratamiento, tratamiento, aprovechamiento y transformación de animales, materiales de alto y bajo riesgo y grasas, para elaboración de productos técnicos o farmacéuticos, harinas de carne y hueso destinadas a alimentación animal, centros de elaboración de alimentos para animales de compañía, autorización de plantas para tratamiento o incineración de materiales específicos de riesgo, autorización de vehículos para transporte de materiales específicos de riesgo, alto riesgo y bajo riesgo: 5.2.1 Análisis bacteriológico (por muestra): 7 €.
Por autorización y apertura de centros 5.2.2 Determinación de pretratamiento, tratamiento, aprovechamiento, transformación o incineración: 18.000 pesetas. antibiogramas (por muestra): 6 €.
Por autorización y apertura de almacén intermediario: 14.000 pesetas. 5.2.3 Análisis parasitológico, incluido Neospora (por muestra): 5 €.
Por control anual y toma de muestras: 6.000 pesetas. 5.2.4 Análisis serológicos (por muestra): 2 €.
Por autorización de cada vehículo para el transporte de materiales específicos de riesgo, alto riesgo y bajo riesgo así como productos preelaborados: 5.000 pesetas. 5.2.5 Análisis histopatológicos (por muestra): 6 €.
Por autorización de plantas para elaboración de alimentos para animales de compañía y productos técnicos o farmacéuticos: 10.000 pesetas. 5.2.6 Análisis virológico, incluido BVD-PI (por muestra): 5 €.
Tarifa 20. Solicitud de autorización de traslado de animales a destino, incluida gestión de aprovechamiento de pastos 5.2.7 Otros análisis que no tengan tarifa específica: 5 €.
5.3 Necropsias:
5.3.1 Vacuno, equino y similares (por solicitud): 300 pesetas. animal adulto): 20 €.
Tarifa 21. Solicitud de concesión de calificación sanitaria de explotaciones: 1.000 pesetas. 5.3.2 Porcino, ovino, caprino, perros y similares: 12 €.
Renovación anual: 200 pesetas. 5.3.3 Aves, conejos o similares: 6 €.
Tarifa 22. 6. Supervisión, control de documentos y talonarios de autorizaciones sanitarias oficiales para traslado de animales realizadas por veterinarios autorizados:
6.1 Por documento: 150 pesetas. 0,975549 €.
6.2 Por talonario: 2.500 pesetas. 30 €.
Tarifa 23. Autorización de veterinario para la expedición de autorizaciones de traslado de animales:
Por autorización: 8.000 pesetas.
Por renovación: 1.000 pesetas.
Tarifa 24. Concesión de autorizaciones contempladas en los artículos 14, 39, 56 y 92 del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre Medicamentos Veterinarios: 12.600 pesetas.
Tarifa 25. Suministro a ganaderos, de marcas y documentos de identificación del ganado:
Por gestión administrativa de cada registro de alta por compra,control y expedición de documentos individuales de identificación: 450 pesetas.
Por gestión administrativa para registro, control y documentación de los animales que procedan de un país comunitario: 550 pesetas.
Por gestión de cada unidad de identificación suministrada: 55 pesetas.
Por gestión administrativa para registro, control, identificación y documentación de los animales que deban ser reidentificados para comercio intracomunitario o por carecer de las marcas oficiales para comercio entre países UE: 400 pesetas.
Por gestión administrativa y control de alta por nacimiento con expedición de documento de identificación y entrega de la unidad de identificación: 575 pesetas.
Por gestión de suministro de lotes de marcas de identificación a los veterinarios colaboradores en identificación animal: 400 pesetas.
En caso de pérdida completa de la identificación, se aplicará la tarifa 9.
Tarifa 26. Gestión de solicitud para el suministro de marcas para reposición en caso de pérdida o deterioro de una de las marcas, gestión de identificación y documentación de animales procedentes de países terceros:
Por gestión administrativa para identificación y documentación de animales procedentes de países terceros: 750 pesetas.
Por gestión administrativa para solicitud de marcas para reposición por pérdida: 150 pesetas.
Por cada unidad de identificación suministrada para identificación de animales procedentes de países terceros: 300 pesetas.
Tarifa 27. Actuaciones en las explotaciones ganaderas cuando en el marco del Plan Nacional de Investigación de Residuos en los animales vivos y en sus productos (P.N.I.R.) se determinen sustancias prohibidas:
a) Por salida al campo incluida la posible toma de muestras: 10.000 pesetas.
b) Identificación de todos los animales de la explotación, si no estuvieran identificados:
A mayores de la salida al campo:
Por cada animal: 600 pesetas.
Máximo: 7.450 pesetas.
c) Expedición de documentación específica para la autorización del traslado de animales positivos, a sustancias prohibidas, a una planta de destrucción autorizada:
A mayores de la salida al campo:
Por cada animal: 325 pesetas.
Máximo: 4.500 pesetas.
Comprobación de sacrificio in situ de animales con residuos a petición de parte (por animal): 500 pesetas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-5591 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-1922 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2003-2905 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2002-2836 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-3992 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2000 | BOE-A-2000-3764 | Leer | Qué cambió |
| 27 de junio de 1998 | Texto original | Leer |


