Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Artículo 26. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de junio de 1998 y la del 1 de enero de 2019.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo 26. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción en las convocatorias de selección de personal para acceder a al empleo público en la función pública del Principado Administración, sus organismos y entes públicos cuando la realización de Asturias. los procesos selectivos corresponda a la administración autonómica.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-803 | Leer | Qué cambió |
| 27 de junio de 1998 | Texto original | Leer |


