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Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.

Artículo 71 quinto. Tarifa.

Artículo 71 quinto. Tarifa.

Por cada hoja de reclamación: 0,15 €.

Se añade por el art. 19.4 de la Ley 15/2002, de 27 de diciembre. BOE-A-2003-2905.

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