Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
Artículo 36. Normativa general.
Artículo 36. Normativa general.
Lo dispuesto en el presente capítulo se entiende sin perjuicio de lo establecido en la legislación rectora del procedimiento administrativo común y en las disposiciones administrativas que la desarrollan. No obstante, las previsiones que sobre régimen del silencio administrativo y de notificaciones se contienen en el artículo 35 bis tendrán, en todo caso, aplicación preferente, siendo en dichos extremos la citada legislación únicamente de aplicación supletoria.
Se modifica por el art. 1.2 de la Ley 8/2015, de 21 de mayo. BOE-A-2015-5633.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de mayo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-5633 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 1998 | Texto original | Leer |


