Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
Artículo 7. Actividades objeto de regulación.
Artículo 7. Actividades objeto de regulación.
El presente Título establece el régimen jurídico de:
a) La exploración, investigación y explotación de los yacimientos de hidrocarburos.
b) La exploración, investigación y explotación de los almacenamientos subterráneos para hidrocarburos.
c) Las actividades de transporte, almacenamiento y manipulación industrial de los hidrocarburos obtenidos, cuando sean realizadas por los propios investigadores o explotadores de manera accesoria y mediante instalaciones anexas a las de producción.


