LexTotal

Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Disposición adicional duodécima. Financiación de la Comisión Nacional de Energía.

Disposición adicional duodécima. Financiación de la Comisión Nacional de Energía.

(Derogada).

Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 3/2013, de 4 de junio. BOE-A-2013-5940.

Se modifican los puntos 2 y 3 del apartado 2 por la disposición final 3 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo. BOE-A-2012-4442.

Se modifica por el art. único.47 de la Ley 12/2007, de 2 de julio. BOE-A-2007-12869

Se añade el punto 6 al apartado 2 por el art. 1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre. BOE-A-2005-19005

Se modifica por el art. 19.1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-24965

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2013 En vigor BOE-A-2013-5940 Leer Qué cambió
1 de abril de 2012 BOE-A-2012-4442 Leer Qué cambió
4 de julio de 2007 BOE-A-2007-12869 Leer Qué cambió
20 de noviembre de 2005 BOE-A-2005-19005 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 BOE-A-2001-24965 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1998 Texto original Leer

← Disposición adicional undécima Índice Disposición adicional decimotercera →