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Legislación › Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano.

Artículo 8.

Artículo 8.

Corresponden al Presidente del Consejo Rector las siguientes atribuciones:

a) La representación máxima del Instituto.

b) Convocar las sesiones del Consejo Rector y fijar su orden del día.

c) Presidir y dirigir las deliberaciones del Consejo Rector.

d) Dirimir los empates con su voto de calidad.

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