Legislación › Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano.
Artículo 8.
Artículo 8.
Corresponden al Presidente del Consejo Rector las siguientes atribuciones:
a) La representación máxima del Instituto.
b) Convocar las sesiones del Consejo Rector y fijar su orden del día.
c) Presidir y dirigir las deliberaciones del Consejo Rector.
d) Dirimir los empates con su voto de calidad.


