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Legislación › Real Decreto 2221/1998, de 16 de octubre, por el que se autoriza la inscripción en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de empresas y buques destinados a la navegación marítima de cabotaje.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

El Ministro de Fomento, en el ámbito de sus competencias, queda facultado para dictar las disposiciones y adoptar las medidas precisas para el desarrollo y ejecución de este Real Decreto.

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