Legislación › Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de Ordenación Farmacéutica de las Islas Baleares.
Sección 3 bis
Sección 3.ª bis. De los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en los centros de cirugía ambulatoria, mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y centros de interrupción voluntaria del embarazo
Se modifica por la disposición adicional 4.3 de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre. BOE-A-2008-5651
Se añade por el art. 22.3 de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre. BOE-A-2007-4374
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2008 En vigor | BOE-A-2008-5651 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-4374 | Leer |


